En el documento más abajo, la sentencia íntegra del Tribunal Constitucional que declara “la inconstitucionalidad del artículo 44, numeral 6, de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos” y que penaliza con tres meses a un año de cárcel a quienes divulguen “mensajes negativos” por las redes
sociales contra precandidatos y organizaciones políticas.
Fuente:Diario Libre