Nacionales

JCE reconoce partidos de Antonio Marte y Julio César Valentín

Compartir Publicación

Santo Domingo.– La Junta Central Electoral otorgó este viernes el reconocimiento a los partidos Primero la Gente liderado por el senador de Santiago Rodríguez, Antonio Marte y Justicia Social encabezado por el exsenador de Santiago, Julio César Valentín, a través de las resoluciones 32-2023 y  33-2023 respectivamente.

Tu Publicidad Aqui

Las organizaciones políticas recibieron el reconocimiento de la JCE, tras haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Lo que significa que están en condiciones de participar en los próximos comicios.

Golden Fish Pescaderia

Se recuerda que el pasado mes de junio, la JCE otorgó el reconocimiento al Partido Esperanza Democrática (PED) encabezado por Ramfis Domínguez Trujillo y a los movimientos políticos Cívico Cabrereño (MCC) y Humanista Independiente (MHI).

Asimismo, la institución rechazó mediante la resolución 35-2023 el reconocimiento a 106 organizaciones políticas de 111 solicitudes recibidas, por no cumplir con las formalidades ni requisitos de ley y otorgó el reconocimiento a tres partidos y dos movimientos políticos que cumplieron el mandato legal.

Entre ellas: Partido Republicano Progresista Popular (PSPP), Movimiento Patriótico Republicano (MPR), Movimiento Rescate Democrático, Partido Compromiso Nacional (PCN), Partido Poder Ciudadano (Todos Podemos), Movimiento en Cadena, Partido Democrático Cristiano (PDC). Asimismo, la resolución 34-2023 rechaza la solicitud de reconocimiento al Partido Camino Nuevo (PCN).

JCE recordó además, que de acuerdo a la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la JCE tiene hasta el 18 de octubre de 2023 para reconocer nuevas organizaciones políticas, pero con estas decisiones completó el proceso con suficiente tiempo que estaba destinado para tales fines y que inició desde el 19 de febrero.

Cuáles son los requisitos

Entre otros puntos, según el Artículo 15 de la Ley 33-18, los organizadores de partidos, agrupaciones y movimientos políticos nuevos deberán presentar a la Junta Central Electoral para acreditar su solicitud y obtener el reconocimiento electoral, los documentos siguientes:

1) Exposición sumaria de los principios, propósitos y lineamientos que sustentará el partido, agrupación o movimiento político, en armonía con lo que establecen la Constitución y las leyes.

2) Estatutos del partido, agrupación o movimiento político, que contendrán las reglas de funcionamiento de la organización, las cuales serán coherentes con los principios democráticos señalados en la Constitución y las leyes de la República.

3) Nómina de sus órganos directivos provisionales, incluyendo un directorio, comité o junta directiva provisional nacional, o del área electoral que corresponda a su ámbito de competencia y alcance provincial, municipal o del Distrito Nacional, así como los demás organismos creados por la voluntad de los fundadores.

 

ED

[poll id="2"]

Leave a Comment

You may also like