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Danilo Medina solicita prórroga al Congreso para estado de emergencia

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Santo Domingo.- El presidente Danilo Medina solicita autorización al Congreso Nacional para prorrogar estado de emergencia por 17 días a partir del 14 de junio para seguir avanzando de manera incremental y cuidadosa hacia la normalización plena de las actividades económicas, sociales y recreativas.

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Mediante la carta núm. 008975 y dirigida al presidente en funciones del Senado de la República, Aristides Victoria Yeb,
fechado el lunes 8 de junio, el gobernante establece que solicita una prórroga del estado de emergencia declarado mediante el Decreto núm. 134-20, con base en la resolución núm. 62-20 del Congreso Nacional, el cual fue aprobado por última vez hasta el 13 de junio del año en curso, mediante el Decreto núm. 187-20.

“Cómo es de su conocimiento, nos encontramos en la ejecución de la fase dos del plan de desescalada de las medidas de restricción económicas que fueron establecidas como parte de la lucha contra la pandemia Covid-19”, dice la carta.

El Jefe de Estado establece que “otros países han tenido que revertir el proceso de apertura y restablecer medidas de distanciamiento social ante el aumento súbito de la curva de contagios como consecuencia de dicha apertura”.

“En nuestro país debemos seguir avanzando de manera incremental y cuidadosa hacia la normalización plena, pero esto requiere mantener todavía el estado de emergencia para lograr un equilibrio idóneo entre aperturas de apertura y medidas de cierre hasta que, en función de los datos epidemiológicos, estemos en condiciones de producir una apertura total”, expresa el mandatario.

En la anterior solicitud de prórroga al Congreso se escenificaron acontecimientos de enfrentamientos entre diputados de la oposición que rechazaban la aprobación de la medida y los que desde la parte oficial clamaban por dicha aprobación.

Luego de aprobar los 12 días de la solicitud anterior los opositores al gobierno dijeron que esa sería la última prórroga que ellos le aprobarían al presidente Danilo Medina.

Importantes líderes de opinión y expertos en derecho constitucional han establecido que el presidente Medina, de no recibir una aprobación del Congreso Nacional, pudiera establecer la medida mediante Decreto presidencial, amparado en los derechos que le confiere la Constitución de la República para estos fines.

Por Jesús -Belén- de la Cruz

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