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A recoger basura todos aquellos que violen el toque de queda

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Santo Domingo.- El procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, dijo que serán multadas todas aquellas personas que hayan violado los horarios de toque de queda establecidos durante el período de emergencia nacional, y precisó que los violadores de la ley también tendrán que prestar trabajo de utilidad pública o interés comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro.

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El representante de la ley estableció que aquellos que sean apresados por violar el toque de queda serán sometidos a realizar sus servicios sociales fuera de sus horarios habituales de trabajo remunerado, debiendo colaborar sobre todo con la recogida de la basura en coordinación con los ayuntamientos de cada demarcación.

Rodríguez estableció, en el mismo orden, que podrían ser procesados todos aquellos que incurran en delitos de rebelión, que incluyen los actos de resistencia o violencia ejercidas contra los empleados locales y funcionarios públicos, sus agentes y delegados en el ejercicio de sus funciones, como es el caso de los militares y policías.

Así mismo, el procurador, instruyó a los fiscales titulares de las diferentes jurisdicciones, iniciar los procesos judiciales correspondientes en los casos de personas que cometan acciones que constituyan una violación a las leyes vinculantes al toque de queda, medida que se ha dispuesto para prevenir la expansión del Coronavirus en el país.

Al dar la instrucción a los fiscales, el procurador general de la República indicó que el objetivo es cuidar a la ciudadanía, y salvar sus vidas, por lo que hizo un llamado a la población de respetar las medidas establecidas por las autoridades y a respetar a la Policía Nacional.

Precisó que los policías han estado realizando un trabajo loable para salvar vidas en estos momentos, donde necesitamos que todos cumplamos con nuestro deber ciudadano de quedarnos en casa.

La Procuraduría informó, además, que el procurador general instruyó a los miembros del Ministerio Público ordenar a los agentes de la Policía Nacional de sus respectivas jurisdicciones para que en los casos que consideren de gravedad, relativos a violaciones a las leyes, presenten ante el Ministerio Público, sin demora y sin falta, a todas aquellas personas que sean arrestadas por violación a dichas normativas.

Con esto se procura que los infractores sean procesados judicialmente, de forma digital o remota, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 224 del Código Procesal Penal.

Según la institución, la Ley Orgánica núm. 21-18 sobre Regulación de los Estados de Excepción contemplados por la Constitución de la República Dominicana, de fecha 25 de mayo de 2018, establece en su artículo 32 que el incumplimiento o resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en los estados de excepción será sancionado de acuerdo con las disposiciones de las leyes vigentes.

De igual manera, indica que el artículo 209 del Código Penal de la República Dominicana estipula que “Los actos de rebelión se clasifican, según las circunstancias que los acompañen, crimen o delito de rebelión. Hay rebelión, en el acometimiento, resistencia, violencia o vías de hecho, ejercidas contra los empleados y funcionarios públicos, sus agentes, delegados, o encargados, sean cuales fueren su grado y la clase a que pertenezcan, cuando obren en el ejercicio de sus funciones, y sea cual fuere la función pública que ejerzan”.

Por Jesús -Belén- de la Cruz

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