La entidad aclaró que los farmacéuticos deben aceptar las recetas médicas prescritas en formato digital, pero exceptuando las que están sujetas a la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas de la RD
La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) aclaró este miércoles que los medicamentos que contengan sustancias controladas, no están incluidos en la disposición de aceptar recetas o prescripciones médicas por vía electrónica, establecida mediante la circular No. 1741, emitida recientemente.
La entidad explicó que estos medicamentos deberán ser prescritos y dispensados de acuerdo con el formulario, los requisitos y procedimientos establecidos por las autoridades competentes, conforme a lo previsto por el artículo 31 de la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana.
El pasado martes, la Sisalril dio a conocer, mediante comunicado de prensa, el contenido de la circular 1741 dictada por la institución recientemente, la cual establece que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) y los establecimientos farmacéuticos deben aceptar las recetas médicas prescritas en formato digital debido a la pandemia por COVID-19, pero exceptuando las que están sujetas a la señalada ley.
Fuente:Diario Libre