En los próximos 20 días se hará cumplir en España un decreto que impide a los bancos y otras entidades de crédito el cobro de una comisión superior a 3 euros al mes por la utilización de una cuenta de pago básica, según la orden ministerial publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE).
De este modo, el Real Decreto-ley 19/2017, de 24 de noviembre, permite transponer al ordenamiento jurídico español el contenido de la Directiva 2014/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de las mismas y el acceso a las cuentas de pago básicas.
En concreto, los bancos solo podrán cobrar mensualmente al cliente una comisión máxima, única y conjunta no superior a 3 euros por la apertura, uso y cierre de una cuenta, por el depósito de fondos en efectivo en euros y por la retirada de dinero.
Fuente:Hoy Digital