Editorial

6 de noviembre: Día de la Constitución Dominicana

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Por: Jesús -Belén- de la Cruz

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Director

El 6 de noviembre se celebra en nuestro país el Día de la Constitución, por la promulgación en 1844 de la Primera Constitución de la República Dominicana, hecho realizado en la ciudad de San Cristobal. Este acontecimiento deviene como resultado del grito de independencia del 27 de febrero del mismo año.

Los archivos de nuestra historia Patria revelan que luego de organizarse la Junta Central Gubernativa el día 1 de marzo de 1844, ésta asumió como Constitución el Manifiesto de Los Trinitarios del 16 de enero.

Fue el 24 de julio de 1844, cuando la Junta Central Gubernativa dictó un decreto, con carácter de Ley Electoral, donde se convocaban a los pueblos a elegir los miembros de la Asamblea Constituyente que debían redactar la nueva Constitución de la República.

Luego de su nacimiento, nuestra Constitución ha sido modificada 39 veces, siendo la primera en el año 1854 y la última revisión fue Votada y Proclamada por la Asamblea Nacional en fecha trece (13) de junio de 2015, según la Gaceta Oficial No. 10805 del 10 de julio de 2015.


En cada revisión han existido cambios específicos y otros bastantes significativos que han dado contrastes a importantes reformas en la República Dominicana.

La Constitución o Carta Magna, también se le conoce como Carta Sustantiva o ley de leyes, la misma constituye un documento fundamental del Estado, al tiempo que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos, también delimita los poderes e instituciones de la organización política.

Expresan los historiadores que aquel Congreso Constituyente, en adición a redactar el Pacto Fundamental de la República, tenía, además, el encargo de elegir el primer Ejecutivo Constitucional, quien debía iniciar sus funciones el 20 de septiembre.

“Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democráticamente elegidos, reunidos en Asamblea Nacional Revisora; invocando el nombre de Dios; guiados por el ideario de nuestros Padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella y Francisco del Rosario Sánchez, y de los próceres de la Restauración de establecer una República libre, independiente, soberana y democrática…”, han jurado nuestros asambleístas cada vez que acarician nuestra Carta Sustantiva.

Además de agregar que lo hacen “inspirados en los ejemplos de luchas y sacrificios de nuestros héroes y heroínas inmortales; estimulados por el trabajo abnegado de nuestros hombres y mujeres; regidos por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecológico, el progreso y la paz”.

Para nuestros legisladores, convertidos en Asamblea Nacional, todos estos principios antes mencionados, constituyen factores esenciales para la cohesión social; por eso siempre declaran su voluntad permanente de promover la unidad de la Nación dominicana, por lo que en ejercicio de su libre determinación adoptan y proclaman la referida Constitución.

Al fin y al cabo, los resultados siempre son los mismos. Unos respetan y acatan estos juramentos como compromisos sagrados; mientras que otros usan esta pieza mandataria como simple papel desechable y se sirven a su antojo de sus prerrogativas constitucionales sin dignidad, respeto ni lealtad.

En nuestra primera Constitución Dominicana, en principio se escogió el poblado de Guerra como territorio cabecera, pero, debido a las dificultades logísticas, el mismo Congreso Constituyente decretó el traslado a San Cristóbal. A partir de entonces esa provincia se le conoce como la cuna de nuestra Constitución Dominicana.

Los diputados firmantes en aquella primera Constitución fueron seleccionados en representación de sus respectivos pueblos. Entre los primeros firmantes estuvieron: por Azua, Buenaventura Báez y Vicente Mancebo; por Baní, Andrés Rosón; por Bánica, Antonio Gimenes; Boyá, Manuel González Bernal; Cotuí, José Valverde; Dajabón, Manuel Díaz; El Seibo, Juan Acosta y Julián Aponte; Hato Mayor, A. Ruiz; y por Higüey, José Mateo Perdomo, entre otros.

Para presidente del Congreso fue elegido Manuel María Valencia, Diputado por Santo Domingo, y el día 26 del mismo mes una comisión de la Junta Central Gubernativa, escoltada por una compañía de (dragones), fue a felicitar a los constituyentes por su instalación, escenario donde Tomás Bobadilla, quien encabezaba la comitiva, pronunció un extenso discurso.

En la ocasión, el discurso formal de Bobadilla ante el Congreso Constituyente, como portavoz del organismo que provisionalmente dirigía los destinos de la República, tenía dos objetivos principales: uno, el propósito de reconocerle u otorgarle a la Asamblea facultades especiales propias de un Congreso Nacional ordinario, ya que el discurso de Bobadilla en parte era un informe de las principales actividades del Poder Ejecutivo durante el tiempo que llevaba de vida la República; y el otro, recordarle a los constituyentes cuáles eran el tono y el compás de la política en aquellos momentos; en cuya virtud el orador se expresó en forma tal que los diputados pudiesen sacar sus propias conclusiones.

La Constitución es un documento legal que contiene derechos y obligaciones, encierra las bases del sistema político y democrático. Por la vía constitucional se establecen las normas de comportamiento de la sociedad. Los estados democráticos deben fortalecer, difundir y proteger sus mandatos constitucionales, ellas son las bases fundamentales para una buena convivencia social.

Es bueno saber que sin leyes y sin sociedad no se puede constituir un Estado. Con el estudio de las constituciones nacionales es fácil conocer las coyunturas políticas y sociales de cada país. Cada Constitución refleja el triunfo de un ideal y el establecimiento de un nuevo sistema político.

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